El Grupo Parlamentario Popular en la Asamblea de Madrid ha registrado esta semana una solicitud para que el Pleno de la Cámara regional apruebe la interposición de Recurso de Inconstitucionalidad contra la creación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas promovido por el Gobierno de España.

Así lo ha anunciado el portavoz del GPP, Pedro Muñoz Abrines, en la rueda de prensa posterior a la Junta de portavoces de este martes, en la que ha criticado que el Gobierno de España quiera “acabar con la pluralidad política” imponiendo medidas como el Impuesto de Solidaridad a las Grandes fortunas y, de esta forma, evitar que “existan modelos y ejemplos en los que los ciudadanos se puedan comparar” y en base a eso elegir.

Como ha explicado, de acuerdo con la Ley de Autonomía Financiera que aprobó la Cámara regional, “es obligación por parte de todas las instituciones madrileñas defender la autonomía financiera de la Comunidad de Madrid” y la creación del impuesto es, como ha asegurado, “un claro ataque a las competencias de la comunidad autónoma”.

La imposición del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas “vacía de contenido las competencias que tienen las comunidades autónomas para gestionar un tributo cedido por ley”, así como “ataca a la Comunidad de Madrid simplemente porque tenemos la capacidad y la voluntad de adoptar decisiones de una manera distinta a lo que hace el Gobierno de España”, ha dicho Muñoz Abrines.

“Tenemos la obligación de defender el principio de igualdad de todos los españoles ante la ley”, ha insistido el portavoz popular, quien ha añadido que “lo que no puede hacer el Gobierno de España, incurriendo en una indudable arbitrariedad y en un fraude de ley, es aprobar leyes ad hoc, simple y exclusivamente para evitar la pluralidad política”.

La pluralidad, ha recalcado, “significa que dentro de las legítimas competencias que tenemos cada uno podamos establecer los tipos tributarios que consideremos oportunos” porque de dicha “capacidad” y “legitimidad” ha dotado “la Constitución y las diferentes normas y leyes orgánicas” a las autonomías, las cuales pueden “decidir una política tributaria concreta y determinada”.

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